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GRAN RESPONSABILIDAD EN CASOS DE MUERTE BAJO CUSTODIA POLICIAL

Es obligatorio seguir un estricto protocolo legal; autoridades deben garantizar transparencia

Reportero - 26 de julio de 2026 - 01:28 pm

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Es obligatorio seguir un estricto protocolo legal; autoridades deben garantizar transparencia

La muerte de una persona mientras se encontraba bajo custodia de una corporación policiaca activa una serie de obligaciones legales que las autoridades están obligadas a cumplir para garantizar una investigación imparcial y proteger los derechos humanos, de acuerdo con la legislación mexicana vigente.

El caso registrado recientemente en Parral, donde una persona perdió la vida al caer de una patrulla al trasladada a los separos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, coloca bajo la lupa el cumplimiento de los protocolos establecidos en la Constitución, el Código Nacional de Procedimientos Penales y diversas leyes nacionales que regulan la actuación de los cuerpos de seguridad.

La legislación establece que toda detención debe realizarse bajo los principios de legalidad, proporcionalidad, respeto a los derechos humanos y rendición de cuentas. Desde el momento en que una persona es privada de su libertad, la autoridad adquiere la responsabilidad de salvaguardar su integridad física y garantizar que reciba un trato digno.

Entre las obligaciones de los elementos policiacos se encuentra informar el motivo de la detención, leer la Cartilla de Derechos del detenido, elaborar el Informe Policial Homologado, registrar de inmediato la detención en el Registro Nacional de Detenciones y poner a la persona sin demora a disposición de la autoridad competente.

Una vez que el detenido ingresa a los separos, las responsabilidades de la corporación aumentan. Los protocolos nacionales establecen que debe verificarse su estado físico, brindarle atención médica inmediata si presenta lesiones o alguna emergencia, mantener vigilancia constante y documentar cualquier incidente ocurrido durante su permanencia bajo custodia.

Cuando una persona fallece en esas condiciones, la ley obliga a preservar el lugar de los hechos, notificar de inmediato al Ministerio Público, permitir la intervención de peritos especializados, conservar videograbaciones, bitácoras y cualquier otra evidencia, además de colaborar plenamente con las investigaciones para determinar si existió alguna conducta ilícita o negligente por parte de los servidores públicos involucrados.

Este tipo de casos requieren investigaciones particularmente rigurosas debido a que el Estado asume una posición de garante respecto de la integridad de toda persona que mantiene bajo su custodia. En consecuencia, corresponde a las autoridades esclarecer las circunstancias del fallecimiento y determinar si la actuación policial se ajustó a los protocolos establecidos o si existen responsabilidades administrativas o penales.

El marco jurídico que regula estas actuaciones se encuentra sustentado en los artículos 14, 16 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, la Ley Nacional del Registro de Detenciones y el Protocolo Nacional de Actuación del Primer Respondiente, ordenamientos que buscan garantizar que toda actuación policial se desarrolle con apego a la legalidad, transparencia y respeto a los derechos humanos.

Mientras las investigaciones avanzan, será la autoridad ministerial la encargada de establecer con precisión las causas del fallecimiento y determinar si la actuación de los elementos responsables cumplió con todas las obligaciones que la ley impone a las corporaciones de seguridad cuando una persona permanece bajo su custodia.

©El Monitor de Parral
Fuente: https://elmonitordeparral.com/spip.php?article38499

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