Convocatoria abierta hasta el 7 de mayo
Reportero - 4 de mayo de 2025 - 01:00 pm
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El Instituto Nacional Electoral ha lanzado la convocatoria para participar como observador u observadora electoral para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación, 2024-2025, con el objetivo de que los ciudadanos tengan una mayor participación en los procesos democráticos del país.
Se especifica que un observador electoral, es aquella persona facultada por la Ley para observar los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como los actos de la Jornada Electoral.
Los ciudadanos interesados deben cumplir con una serie de requisitos, entre estos:
– No ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o partido político alguno en los tres años anteriores a la elección.
– Ser ciudadana o ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
– No ser, ni haber sido candidata o candidato ha puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.
– Tomar el curso de capacitación (presencial y/o virtual).
– No ser persona servidora pública vinculada con programas sociales en el gobierno municipal, estatal o federal, ni ser persona operadora de programas sociales y actividades institucionales, cualquiera que sea su denominación; ni ser persona servidora de la nación.
– No ser representante o militante del algún partido político.
Asimismo, se deben presentar dos fotografías tamaño infantil, copia de la credencial para votar vigente y presentar solicitud de acreditación. Los interesados pueden registrarse a través de la página https://pjf20025-observadores.ine.mx/.
Las y los observadores electorales que obtengan debidamente su acreditación tienen derecho a observar los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como los que se lleven a cabo durante la jornada de esta y las sesiones de los órganos electorales del INE, presentarse el día de la Jornada Electoral en una o varias casillas, independientemente del domicilio registrado en la Credencial para Votar.
Además de solicitar ante los órganos desconcentrados del INE la información que requieran para el mejor desarrollo de sus actividades, que será proporcionada siempre y cuando la información no sea reservada o confidencial en los términos de la ley y podrán presentar ante la autoridad electoral, en los términos y tiempos que determine el Consejo General del INE, un informe de sus actividades.
Asimismo, estarán obligados a no sustituir, obstaculizar ni interferir en el desarrollo y ejercicio de las funciones de las autoridades electorales, no declarar tendencias sobre las opiniones del Proceso Electoral, no externar ofensa, difamación o calumnia en contra de las autoridades electorales o partidos políticos, no declarar el triunfo de cualquiera de las respuestas posibles al Proceso Electoral, además de no portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con partidos políticos, candidatos o candidatas, posturas políticas o cualquiera de las respuestas del Proceso Electoral.
©El Monitor de Parral
Fuente: https://elmonitordeparral.com/spip.php?article27237
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